Los asuntos laborales en la República Dominicana están regulados por la Ley 16-92 del 29 de mayo de 1992, o Código de Trabajo, y el Reglamento de aplicación No. 258-93, de la Secretaría de Estado de Trabajo. Las características del contrato de trabajo son mencionadas a continuación.
A diferencia de otros países, la República Dominicana no exige a los extranjeros lo que en otras legislaciones se conoce como Permiso de Trabajo. Al contrario existe lo llamado nacionalización del trabajo. El registro del contrato de trabajo del extranjero interesado en trabajar en la República Dominicana deberá primero regularizar su status jurídico mediante la obtención, inicialmente, de una Visa de Residencia y luego, de una Tarjeta de Residencia Provisional o Definitiva, justificando su permanencia basándose en un contrato de trabajo suscrito con una compañía establecida legalmente en el país.
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