TRATADO COMERCIAL ENTRE LA REPUBLICA DOMINICANA Y LA REPUBLICA DE PANAMA
En el año 1985 la República Dominicana firmó un Tratado Comercial con la República de Panamá, el cual fue ratificado en 1987, quedando pendiente reunirse la Comisión Mixta Permanente para negociar las listas de productos y otros temas no concluidos.
La Comisión Mixta Permanente realizó varias reuniones a finales del año 2002 y principios del 2003, retomando dicho Acuerdo, y el 2 noviembre del 2003 entró en vigencia. Este Tratado Comercial es un Acuerdo de Alcance Parcial , donde se benefician del libre comercio los productos descritos en las listas establecidas en el Acuerdo.
Estas listas de productos son de una vía y de doble vía; es decir, una lista de productos de Rep. Dominicana a Panamá, otra de Panamá a Rep. Dominicana y otra lista de productos que se beneficiarán en ambos países. Así mismo hay una lista de productos manufacturados en las Zonas Procesadoras para la Exportación o Zonas Francas.
Sin embargo, este Acuerdo de Alcance Parcial contempla en su Reglamento de Aplicación (Artículo 4) la posibilidad de incluir más productos en estas listas para que se beneficien del libre comercio. Asimismo, en el Artículo 21 de dicho Reglamento se establece que el Certificado de Origen , que amparará los productos que se intercambien, requiere de una certificación oficial por el organismo autorizado de la exportadora (CEI-RD).
El Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) ofrece al sector exportador la asistencia técnica sobre cómo aprovechar las preferencias arancelarias derivadas de dicho Acuerdo.
Información adicional contáctenos en la Sección de Administración de Acuerdos Comerciales de la Dirección de Normas e Incentivos, extensiones 231, 274 y 293.
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